El presidente Gustavo Petro anunció que declara “el estado de conmoción interior y el estado de emergencia económica”, para atender la situación que se presenta en la región del Catatumbo, por el enfrentamiento entre guerrilleros del ELN y disidentes de las Farc, que han dejado 80 muertos, entre civiles e integrantes de los grupos criminales; más de 11 mil desplazados y un número indeterminado de secuestrados y confinados.
Petro señaló que espera que el poder judicial apoye su decisión de declarar el estado de conmoción interior, el cual es una facultad constitucional que se permite para recuperar el orden público, cuando no se ha podido restablecer el orden a través de las acciones que comúnmente se aplican.
“En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República. Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos”, dice el artículo 213 de la Constitución Política de Colombia, vigente desde el año 1991.
El citado artículo también destaca las plenas facultades sobre otras normas, lo que sí queda prohibido tácitamente es que la justicia penal militar juzgue a civiles.
“Los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes incompatibles con el estado de conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público. El Gobierno podrá prorrogar su vigencia hasta por noventa días más. Dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga del estado de conmoción, el Congreso se reunirá por derecho propio, con la plenitud de sus atribuciones constitucionales y legales. El presidente le pasará inmediatamente un informe motivado sobre las razones que determinaron la declaración. En ningún caso los civiles podrán ser investigados o juzgados por la justicia penal militar”, resalta la otra parte del texto.
En respuesta a un video donde habla un cabecilla del ELN, Petro dijo que el sujeto que aparece en las imágenes, refiriéndose a las disidencias de las Farc, “habla de los otros, pero se refiere a sí mismo”.
“Han perdido la inteligencia. La revolución solo se puede hacer con el pueblo y sin violencia. Es la paz la bandera revolucionaria porque es la bandera de la vida”, escribió Petro.
El mandatario también comentó que “el copamiento militar siempre se desarrollará con la transformación económica de las regiones bajo violencia”.