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Cánnabis

La desconexión normativa entre el consumo y la compra

Las falencias en la actual regulación del cannabis con fines medicinales, ha llevado a la quiebra de más de 400 licenciatarios, por sus costos administrativos y procedimientos burocráticos

La última encuesta nacional de consumo de sustancias psicoactivas, realizada por el DANE en 2019; por sustancia psicoactiva, el 8,30 % de las personas entre 12 y 65 años del país había consumido marihuana; seguido por cocaína con un 2,07 %; sustancias inhalables como pegantes, pinturas, diluyentes, popper, con 1,63 %; éxtasis - MDMA, con 0,69 %; bazuco, con 0,54 %; y heroína, con 0,09 %.

Así mismo, el último estudio de consumo de drogas realizado en Bogotá y publicado en diciembre de 2022 por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), se identificó que la marihuana es la sustancia ilícita de mayor consumo, 371.086 personas reportan haberla consumido en el último año. De estos, el 40% clasifica en los grupos en situación de abuso o dependencia; que representa un poco más de 148 mil personas.

“Existen dos tipos de normas que regulan el tema de producción, tráfico y comercialización de estupefacientes, una de tipo penal y otra de tipo administrativo”

Los dos últimos estudios coinciden que la sustancia psicoactiva más consumida es la marihuana y es claro que las diferentes sentencias de la Corte Constitucional han corroborado que el consumo y la porte de la dosis personal no debe ser objeto de persecución criminal.

Existen dos tipos de normas que regulan el tema de producción, tráfico y comercialización de estupefacientes, uno de tipo penal y otro de tipo administrativo.

La norma de tipo penal busca conductas punibles regulares, consideradas como delitos, con la aplicación de una pena que imponen los jueces de la República. Esta norma no considera como delito el consumo de sustancias estupefacientes, de acuerdo con la Ley 30 de 1868 (Estatuto Nacional de Estupefacientes) y Ley 599 de 2000 (Código Penal) las conductas que están tipificadas como delito, son el cultivo (más de 20 plantas). sin permiso de autoridad competente) y el tráfico, fabricación o puerta de estupefacientes (salvo lo dispuesto sobre dosis para uso personal).

La norma de tipo administrativo busca resolver los conflictos que afectan la convivencia, con la aplicación de comparandos, amonestaciones y multas; que son impuestos por los inspectores de policía. Esta norma contemplada en la Ley 1801 de 2016 “Por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”, tampoco considera como falta el consumo de sustancias estupefacientes; Sin embargo, el Artículo 33 considera el consumo de sustancias alcohólicas, psicoactivas o prohibidas, en lugares públicos, como un comportamiento que afecta la tranquilidad y las relaciones respetuosas de las personas, que conducen a una multa o amonestación.

Aunque la Corte Constitucional ha ratificado el consumo y porte de la dosis personal, en sentencia C-420 de 2002, de mayo 28, declaró exequibles varias disposiciones de la Ley 30 de 1986, señalando que: (i) existe una amplia gama de bienes jurídicamente afectados por el narcotráfico, tales como la salud pública, la seguridad pública y el orden económico y social, tratándose por tanto de un delito pluriofensivo; y (ii) la penalización del tráfico de estupefacientes no contraría los fundamentos constitucionales de la imputación penal, en cuanto comprende un elenco de conductas que trascienden el fuero interno de la persona y que se proyectan en la afectación de una amplia gama de bienes jurídicos ajenos. .

Teniendo en cuenta que el orden normativo colombiano garantiza el libre consumo de sustancias estupefacientes, para el caso de la marihuana, no existe una regulación que permita la producción y comercialización de esta sustancia, por lo cual se genera un mercado de economías ilícitas a carga de organizaciones delincuenciales, así como el riesgo contra la salud de los consumidores.

El actual escenario de desconexión normativa entre la garantía del consumo y la prohibición de la producción y comercialización de marihuana ha conllevado a la aparición de actores ilegales, que buscan aprovechar esta desconexión normativa como una fuente de financiación y de control territorial, generando escenarios de criminalidad. al enfrentarse con otras estructuras que buscan ganar espacio para la distribución de esta sustancia. Esta situación ha generado afectación de la seguridad y la convivencia ciudadana, como es el caso de Bogotá, de enfrentamientos entre las organizaciones criminales como el 'Tren de Aragua', 'Los Líderes', 'Los Paisas', 'Los Camilos' y ' Los Satanás'.

Así mismo; la falta de regulación conlleva a que los consumidores de marihuana se expongan a riesgos en su salud al no disponer de una dosis que garantice un nivel del ingrediente activo psicoactivo, en este caso del THC, estándar y de calidad; así como la contaminación con químicos y plaguicidas empleados en el cultivo para el control de plagas y que pueden ser más nocivos para la salud.

Aunque políticamente se ha sustentado la iniciativa de regulación por el fracaso de la lucha contra las drogas, la realidad es que la regulación debe estar enfocada en la garantía del consumo de marihuana, basada en evidencia técnica que permita disminuir el riego a la salud, la seguridad pública y el orden económico y social, como lo juzga la Corte Constitucional.

Foto:Alternativa/Hansel Vásquez

“Aunque políticamente se ha sustentado la iniciativa de regulación por el fracaso de la lucha contra las drogas, la realidad es que la regulación debe estar enfocada en la garantía del consumo de marihuana, basada en evidencia técnica que permita disminuir el riego a la salud, la seguridad pública y el orden económico y social”

Así mismo, hay que tener en cuenta las falencias de la actual regulación del cannabis con multas medicinales, que ha conllevado a la quiebra de más de 400 licenciatarios, por sus costos administrativos y procedimientos burocráticos; que, para el caso del cannabis recreativo, no sería competitivo con el mercado ilegal; tal como está sucediendo en Uruguay, donde más del 70% de los consumidores de cannabis compran sus dosis en el mercado ilegal.