La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas emitió un fallo desfavorable respecto a la solicitud de sometimiento presentada por Enilce López Romero, conocida como "la Gata". Este rechazo se fundamenta en el incumplimiento por parte de López de las instrucciones emanadas de la Sección de Apelación, las cuales le otorgaron una última oportunidad para someterse a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
En abril del presente año, López expresó su falta de disposición para participar en una Audiencia Única de Aporte de Verdad Plena. Esta audiencia tenía como objetivo esclarecer la relación de "la Gata" con grupos paramilitares, parapolíticos, así como su participación en crímenes vinculados al conflicto armado. Se esperaba que sus aportes superaran lo ya conocido por la justicia ordinaria.
La decisión emitida el 27 de diciembre por la JEP se basó en el análisis y contraste de lo expresado por López en un documento remitido a la JEP en abril de este año. Según la Sala, la acusada no cumplió con las directrices establecidas por la Sección de Apelación, como se detalla en el Auto TP-SA 1232 de 2022 y en la Resolución n.º 1177 del 30 de marzo de 2023.
En su fallo, la JEP subrayó que la falta de contribución de Enilce del Rosario López Romero al Sistema Integral obstaculiza los esfuerzos para desarticular economías ilegales vinculadas a los grupos paramilitares extintos. Además, señaló que esta ausencia de cooperación debilita los procesos destinados a revelar patrones macrocriminales relacionados con los métodos de financiación de organizaciones armadas al margen de la ley, que han evolucionado a lo largo del conflicto armado interno. La imposibilidad de establecer de manera precisa el vínculo de sus acciones con este fenómeno fue resaltada por la jurisdicción como un factor determinante.