Jueves, 21 de noviembre de 2024 Suscríbase
Temas
Ministerio del Trabajo

“Garantizaremos el pago a huelguistas teniendo en cuenta el tiempo no laborado”: MinTrabajo

El viceministro del Trabajo, Iván Daniel Jaramillo, ha ofrecido explicaciones detalladas sobre el manejo de salarios y compensaciones durante el cese colectivo de actividades en el Ministerio del Trabajo, enfatizando el cumplimiento de normas legales y acuerdos previos.

EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda

La huelga general en el Ministerio del Trabajo de Colombia continúa generando debates y preocupaciones entre trabajadores y ciudadanos. En respuesta a esta situación, el viceministro del Trabajo, Iván Daniel Jaramillo, ha emitido una serie de aclaraciones importantes sobre el manejo de los salarios y las compensaciones durante este período de cese de actividades.

Jaramillo enfatizó que el Ministerio está cumpliendo con sus obligaciones salariales, pero bajo condiciones específicas: "Respecto al cese colectivo en el Ministerio del Trabajo, hay que tener varias claridades. Lo primero es que el Ministerio está pagando los salarios a los trabajadores que prestan los servicios. Eso tiene que quedar muy claro."

El viceministro explicó el procedimiento para aquellos trabajadores que deciden reincorporarse a sus labores después de participar en el cese de actividades. Según Jaramillo, estos empleados deben firmar un acta de compensación, un requisito establecido por entes de control. "Los trabajadores que han dejado el cese de actividades y se han recuperado, firman un acta de compensación porque el Ministerio no puede, conforme a indicaciones de la Contraloría y la Procuraduría, pagar salarios y prestaciones de servicios." Esta medida se implementa para garantizar que el pago de salarios se realice en concordancia con el tiempo efectivamente trabajado, siguiendo las normativas establecidas por los organismos de control del Estado.

También le puede interesar: El fenómeno de La Niña le costará 20 billones de pesos al país: UNGRD

Jaramillo hizo hincapié en el principio fundamental que rige el pago de salarios en esta situación: "Nuestra garantía es del pago de salarios contra compensación de los tiempos no laborados, en aplicación de la regla según la cual se paga salario contra los tiempos laborados". El viceministro subrayó que esta medida es esencial para asegurar la continuidad de los servicios públicos ofrecidos por el Ministerio del Trabajo a los ciudadanos.

El funcionario también se refirió a un acuerdo previo firmado el 2 de julio, que establece las condiciones para el levantamiento del cese de actividades. "Hay un acuerdo suscrito por las partes del 2 de julio que esperamos honrar y que las partes honran. No estamos en negociación, no hay pliego de peticiones," afirmó Jaramillo. Este acuerdo estipula que los trabajadores debían reintegrarse a sus labores el 9 de julio y entregar las sedes el 8 de julio. El viceministro expresó su expectativa de que estas condiciones se cumplan, permitiendo así el pago de salarios a medida que se firmen los acuerdos de compensación por los servicios no prestados durante el cese de actividades.