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Consejo de Estado niega medida cautelar que buscaba suspender la intervencion de Supersalud a Sanitas

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado ha rechazado una solicitud de medida cautelar presentada por el Partido Cambio Radical contra la intervención de la EPS Sanitas, validando así la actuación de la Superintendencia Nacional de Salud.

Foto: EFE

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia ha emitido un fallo significativo en relación con la intervención de la EPS Sanitas. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado denegó una solicitud de medida cautelar presentada por el Partido Cambio Radical, que buscaba suspender provisionalmente los efectos de la resolución emitida por la Superintendencia Nacional de Salud que ordenaba la intervención administrativa de la EPS Sanitas S.A.S.

La resolución en cuestión, emitida a principios de abril de 2024 por la Superintendencia Nacional de Salud, determinó la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios de la EPS Sanitas. Esta decisión se fundamentó en normativas reglamentarias, constitucionales y legales aplicables, según lo establecido por la entidad reguladora. La intervención representa una medida drástica en el sector de la salud colombiano, con implicaciones significativas para la administración y operación de una de las EPS más grandes del país.

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Tras un análisis exhaustivo del caso, el Consejo de Estado reafirmó su competencia para decidir sobre la medida cautelar solicitada. En su evaluación, el alto tribunal respaldó la actuación de la Superintendencia, considerando que la intervención se sustentó en un adecuado respaldo técnico y administrativo, incluyendo un concepto técnico emitido el 1° de abril de 2024. Esta decisión valida el proceso seguido por la Superintendencia en su rol de entidad reguladora del sector salud.

Entre los argumentos presentados por el Partido Cambio Radical, que fueron desestimados por el Consejo de Estado, se encontraban alegaciones de falta de motivación, violación del debido proceso y otros principios legales. La Sala de lo Contencioso Administrativo reiteró que la Superintendencia Nacional de Salud actuó dentro de sus funciones de inspección, vigilancia y control, justificando así la legalidad de la intervención. Esta postura del Consejo de Estado refuerza la autoridad de la Superintendencia en su papel regulador del sistema de salud colombiano.

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El panorama legal y administrativo en torno a la EPS Sanitas continúa desarrollándose. Previamente, el Tribunal Superior de Bogotá había declarado improcedente una tutela presentada por varias entidades relacionadas, incluyendo la Clínica Colsanitas S.A. y Medisanitas S.A.S. Estas acciones legales reflejan la complejidad del caso y las múltiples partes interesadas involucradas. Mientras tanto, la EPS Sanitas y las demás partes afectadas se encuentran en proceso de evaluar sus próximos pasos en este escenario legal y administrativo en evolución.