Jueves, 21 de noviembre de 2024 Suscríbase
Temas
Luis Jaime Salgar congreso

Unas reflexiones adicionales sobre el estado de emergencia

Más de este autor

«El Gobierno acude a las necesidades imperiosas de una población abandonada en aras de perseguir la inmunidad de un estado de emergencia inadmisible»

Por: Luis Jaime Salgar Vegalara. Mejor Así

La declaratoria del estado de emergencia por el Gobierno Nacional el 2 pasado de julio -tema ya comentado por Germán Vargas y Néstor Humberto Martínez en sus columnas de El Tiempo del domingo anterior, y cuyas consideraciones comparto integralmente- admite varias consideraciones adicionales.

El decreto declaratorio me recuerda la norma del Estatuto de Roma que prohíbe “utilizar la presencia de una persona civil u otra persona protegida para poner ciertos puntos, zonas o fuerzas militares a cubierto de operaciones militares”. En efecto, el Gobierno acude a las necesidades imperiosas de una población abandonada en aras de perseguir la inmunidad de un estado de emergencia inadmisible.

Me imagino que por esta vía se busca callar las voces de quienes queramos solicitarle a la Corte Constitucional que disponga la inexequibilidad de la emergencia. La norma que la declara transgrede todas las condiciones que señala la Constitución para defender su utilización. No obstante, ¿cómo oponerse a una iniciativa que busca solucionar, así sea en algo, las enormes necesidades de la población de la Guajira?

Grave que el Gobierno genere esta encrucijada ética para intentar silenciar las voces de inconformidad y nerviosidad que produce una declaratoria de emergencia ajena a todos los requisitos y condiciones que se deben reunir para que tal decisión goce de legitimidad. En fin, una modalidad de chantaje.

Es fácil anticipar cuál será la reacción oficial contra los que acudan a los canales formales para expresar su preocupación por el adefesio. Tal como ha acontecido ya en varias ocasiones, se dirá que los reparos no responden a las enormes dudas que despierta el uso irresponsable de los mecanismos de excepción sino a la insensibilidad de los sectores que manifiesten sus reparos.

El estado de emergencia es una figura que reclama un especial cuidado. Su declaratoria permite al Ejecutivo desplazar al Congreso en el ejercicio de las funciones legislativas. Este instrumento de este carácter le otorga a la administración unos poderes que se apartan del orden democrático corriente pero que resultan imprescindibles para la atención de situaciones graves y sobrevinientes que no puedan ser atendidas a través de sus facultades ordinarias.

Se trata de un caramelito muy apetitoso para el gusto de un gobierno bastante displicente con el sistema de pesos y contrapesos inherentes a los Estados de derecho y muy cercano a las prácticas autoritarias y despóticas que el país conoce bien y que la justicia, la opinión pública e incluso el Congreso han podido detener a tiempo.

El control constitucional estricto cobra en ese escenario una gran importancia. Los argumentos que invoca el decreto declaratorio, muchos de las cuales resultan de muy difícil comprensión dado el pésimo uso que se hace del lenguaje, preocupan tanto por amplitud como por su indeterminación.

A diferencia de lo señalado por el presidente de la República en sus declaraciones previas sobre la materia, la emergencia no se limita a la cada vez más probable llegada del fenómeno del Niño -fenómeno cuyas consecuencias pueden ser anticipadas y mitigadas con el simple ejercicio de las competencias ordinarias-, sino que abarca varios de los problemas que vive el departamento, desde los gravísimos problemas de desnutrición infantil hasta la debilidad de la infraestructura energética.

La indeterminación, por su parte, obedece a que no se sabe bien, cuál es el problema que busca solucionar. El decreto habla de todas las dificultades que aquejan al departamento, pero no señala de manera específica aquellas que buscan atender ni precisa las decisiones que habrá de implementar para tal propósito.

El uso de esta estrategia, consistente en hablar de todo y de nada, deja la impresión de que el propósito del Gobierno radica en implementar un programa integral de apoyo a La Guajira, un “plancito de desarrollo” específico para el departamento. Un objetivo que nada tiene que ver con la herramienta de excepción a la que acude.

Un objetivo de esta naturaleza goza de plena legitimidad siempre que se acuda al canal institucional previsto para tal efecto por la Constitución: el Plan Nacional de Desarrollo. ¿Cuántas referencias a La Guajira hay en el Plan de Desarrollo 2022 – 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” para velar por la protección e integridad de la población de ese departamento? Quienes leen estas palabras seguramente ya lo habrán adivinado: ninguna.

Es inaceptable que el Gobierno active un mecanismo de excepción para perseguir unos propósitos de los que se había olvidado, genere un desgaste institucional innecesario, promueva un nuevo escenario de fractura social y despierte expectativas que no va a poder satisfacer.

Una pregunta final: ¿Saben cuántas medidas concretas se han implementado hasta el momento, lunes 10 de julio, es decir, luego de una semana de la fecha de declarada la emergencia? Exacto: ninguna.