JAIME ARRUBLA PAUCAR
Director
Revista Alternativa
Varios temas agitan al país en los últimos días, al punto que vale la pena analizarlos: en primer lugar, regresó el debate sobre la eutanasia; esta vez en el caso de la señora Marta Sepúlveda, quién padece una enfermedad incurable. Se trata de la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), la cual le impide su movilidad y la tiene postrada, con dolores permanentes y muchas limitaciones o atrofias que le imposibilitan llevar una vida con dignidad. Ella optó por poner fin a su vida, acudiendo a los protocolos que ha expedido el Ministerio de Salud y Protección Social, por instrucciones de la Corte Constitucional y ante el silencio del Congreso para regular la materia.
Su familia la respaldó en su decisión y se tramitó la solicitud ante su entidad de salud. Se señaló fecha para llevar a cabo el procedimiento y sorpresivamente, a última hora se le dio aviso por parte de la EPS, de que una segunda evaluación científica del caso había determinado que no existía el elemento de la “terminabilidad”; que la paciente «tiene altas probabilidades de expectativa de vida mayor a seis meses» y que, por lo tanto, cancelaba el procedimiento. Los voceros de la señora Sepúlveda señalan que se le vulneró su derecho a una muerte digna, que ellos no solicitaron un segundo comité.
Todo parece indicar que la decisión de la EPS en este caso se contrapone a la reciente decisión de la Corte Constitucional del 23 de julio del corriente año (Sentencia 233 de 2021), que modifica las bases del protocolo del Ministerio de Salud y Protección Social de 2015, que exigía como requisito que el paciente estuviera padeciendo una enfermedad terminal. La sentencia de la Corte Constitucional amplió el espectro contenido en el reglamento ministerial e incluyó a pacientes no terminales y a quienes padezcan cualquier sufrimiento psíquico o físico proveniente de una lesión corporal o enfermedad grave e incurable, progresiva, irreversible y que le ocasione sufrimientos al paciente y a su familia. Otro trauma más para la enferma y su familia, quienes tendrán que acudir a los tribunales para proteger sus derechos, todo por una inercia del Congreso en regular la materia.
No puede ser de recibo que después de varios requerimientos para regular el tema, el Congreso de Colombia siga eludiendo su responsabilidad y exponga a las personas, como sucede con la señora Sepúlveda, a estos “ires y venires” en una cuestión tan fundamental como lo son su vida y su dignidad. Es bien cierto que se trata de un tema que divide la opinión pública y se rodea de discusiones religiosas y morales; pero la realidad es que se ha recorrido un camino muy claro en el tribunal constitucional que no tiene reversa, y las personas que deciden poner fin a su vida deben contar con reglas claras y estables a la hora de su decisión.
En otro orden de ideas, desazón, por decir lo menos, causó la noticia de que en el Congreso, por iniciativa parlamentaria, circula un proyecto que establece incentivos para los congresistas, es decir, indirectamente les aumenta los ingresos. Todo el país está pendiente de que se adelante un proyecto de acto legislativo que rebaje los sueldos parlamentarios, al cual le han hecho todo tipo de quites, y resulta que lo que se está haciendo es totalmente lo contrario. Pero en la época de pandemia, cuando los ingresos de la población se han visto considerablemente afectados, la iniciativa se convierte en una verdadera agresión contra los intereses de los colombianos; máxime si se sabe que al incrementar la remuneración de los legisladores, automáticamente se sube el de toda la rama judicial, la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría. Lo primero que debería suceder es que el Gobierno se pronuncie de forma manifiesta contra este proyecto; toda iniciativa que signifique gasto requiere su beneplácito; luego, en sus manos está impedir que se lleve a cabo semejante agresión al erario de los colombianos.
De otro lado, causa escozor el proyecto que se tramita como reforma a la Justicia. Se busca modificar la Constitución en aspectos que nada tienen que ver con la buena marcha de la administración de justicia. La iniciativa pretende transformar la carta política en lo concerniente a los requisitos que hoy se exigen para elegir altos dignatarios como magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Fiscal General, el Procurador General y el Contralor.
“El hecho de pretender eliminar requisitos para ser Fiscal General parecería que buscara abrir el espacio para que alguien en especial, que no cumple con dichos requisitos, pueda llegar al cargo en los próximos años. El tema está cantado… Amanecerá y veremos”.
Se pretende eliminar la competencia del Consejo Superior de la Judicatura para integrar las listas destinadas a llenar las vacantes de la Corte Suprema y del Consejo de Estado, de tal manera que sean estas corporaciones las que directamente completen sus vacantes a través de convocatorias públicas. Grave, se privilegia el amiguismo.
En cuanto a los requisitos para la elección del Fiscal o el Defensor del Pueblo, la iniciativa propone que a quienes opten por estos cargos ya no se les pida el cumplimiento de parámetros similares a los que se utilizan para la elección de magistrados, tales como experiencia mínima de 15 años en cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido, por el mismo tiempo, la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en instituciones reconocidas oficialmente. Con la pretensión de eliminar estos requisitos parecería que buscara abrir el espacio para que alguien en especial, que no cumple con dichos requisitos, pueda llegar al cargo de Fiscal General en los próximos años. El tema está cantado…- Amanecerá y veremos.
También, se pretende que quienes ejercen estos altos cargos no sean juzgados por la Corte Suprema de Justicia, sino por la Comisión de Acusaciones y por el Senado. Esta iniciativa llena la taza. Lo que se hace ahora por la Comisión de Acusaciones y el Senado es un antejuicio político para declarar la indignidad del funcionario; una vez cumplido, este permite que los aforados sean investigados o juzgados, según el caso, por el juez natural que es la Corte Suprema de Justicia. La reforma debería ser la contraria, que se suprima el antejuicio, que lo único que ocasiona es demoras para que se inicien los procesos ante el juez ordinario asignado por la Constitución. Querer convertir al Congreso en juez competente es, por lo menos, una barrabasada.
Otra reforma que cursa en el Congreso de la República se propone modificar la elección del Fiscal General, invirtiendo lo que se hace hoy, para que la terna la envíe la Corte Suprema y que quién elija al Fiscal sea el Presidente de la República. Se argumenta que se pretende darle más independencia y autonomía al Fiscal, pues en tal caso, la que en realidad elegiría el Fiscal sería la Corte Suprema de Justicia, ya que saldría de la terna que ella remite, y no, como es hoy, que necesariamente sale de la que envía el Presidente de la República.
La pregunta que cabe hacerse es qué es lo que en realidad se necesita, habida cuenta de que hoy el Fiscal, bajo el sistema penal acusatorio, cumple un papel muy diferente al que originalmente le asignó la Constitución de 1991. Ya no toma decisiones judiciales, como lo hacía en otra época.
En nuestra opinión, la reforma debería ser otra. El Fiscal ya no debe ser parte de la rama judicial; su papel es diferente. Su trabajo radica más en aplicar las políticas criminales para perseguir la delincuencia, y debe dar resultados y rendir cuenta sobre la efectividad de su labor. Esta tarea es propia del Gobierno actuante y por ello pensamos que debería ser elegido por el Presidente de la República de turno, de tal forma que juntos respondan políticamente por la eficiencia o no de su labor; por el éxito o fracaso en la persecución del delito.
Opinamos que todas estas reformas se presentan de manera desarticulada, algunas buscando privilegiar intereses políticos y otras totalmente equivocadas. Mejor dicho, vamos en reversa.