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Amylkar D. Acosta SGP

S.O.S por el SGP

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Como es bien sabido hizo tránsito de la anterior legislatura de las sesiones del Congreso de la República a la actual el proyecto de acto legislativo 018 de 2024 Senado y 437 Cámara, reformatorio de los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, concerniente al Sistema General de Participaciones (SGP), el cual constituye una bolsa de recursos que le transfiere la Nación a la entidades territoriales, los cuales fueron objeto de dos enmiendas, el Acto legislativo 01 de 2001 y 04 de 2007, en desmedro del mismo.

Como se recordará, so pretexto de las dificultades por las que atravesaba el fisco nacional se truncó el crecimiento de dichas transferencias, atadas como estaban al comportamiento de los Ingresos corrientes de la Nación (ICN) y se optó por desligarlas, supuestamente de manera transitoria de los mismos. Pero, en este país no hay nada más permanente que las normas transitorias. La meta a la que debía conducir la senda de incremento anual de los recursos del SGP debía alcanzar con el paso de los años el 46.5% de los ICN, más sin embargo el año anterior a duras penas llegó al 21.3%.

En plata blanca, entre los años 2002 y 2023, por cuenta de tan nefastas reformas los departamentos, distritos y municipios del país dejaron de recibir la friolera de $388 billones. Recursos estos que al tener como destinación específica la salud, la educación y el saneamiento básico, el financiamiento de estos quedó diezmado en detrimento de la calidad de vida en las regiones.

Ello se vio agravado porque concomitantemente con la recentralización de los recursos que ha experimentado el país en el curso de los 33 años de vigencia de la nueva Constitución Política, a contrapelo de su espíritu descentralizador y autonomista, se le delegaron a las entidades territoriales funciones y competencias desde el nivel central, pero sin recursos, violando lo establecido en el artículo 356 de la Carta, el cual establece claramente que no se les pueden hacer esas delegaciones si al mismo tiempo no se le garantizan los recursos necesarios y suficientes para asumirlas.

Con este proyecto, entonces, se busca por parte de las regiones resarcirse de la lesión enorme que le significaron los recortes de las transferencias que se derivaron de esos funestos actos legislativos. Dicho de otra manera, se trata de restablecer la senda perdida de crecimiento de sus recursos, de tal manera que entre los años 2027 y 2036, escalonadamente, se llegue al 46.5% de los ICN, como lo previó la Asamblea Nacional Constituyente de 1991.

Ante tan justo reclamo, el Presidente de la República Gustavo Petro le dio su espaldarazo a este proyecto de origen parlamentario, liderado por el Senador Guido Echeverri y ello le dio el impulso que le faltaba para su aprobación en primera vuelta. Además, se ha comprometido con FECODE a respaldar e impulsar este proyecto. Por su parte el Ministro del Interior Juan Fernando Cristo, que desde la llanura auspició e impulsó esta iniciativa, al momento de asumir la cartera y anunciar los proyectos prioritarios para el Gobierno para su trámite en la presente legislatura destacó este, tan caro a sus afectos.

Los primeros en reaccionar y en hacerle reparos a este proyecto fueron ANIF y el Comité independiente de la Regla fiscal (CIRF). En concepto del Presidente de ANIF José Ignacio López, “de aprobarse este proyecto las transferencias territoriales irían ganando participación hasta el punto que el 83% de los ingresos del Gobierno Nacional en 2036 estaría comprometidos en tres rubros: pensiones, intereses y transferencias al SGP”. Por su parte la CIRF aduce que, de aprobarse este proyecto, se “elevaría el déficit fiscal del 5% al 10% del PIB”, al tiempo que elevaría aún más la inflexibilidad del Presupuesto que hoy supera el 85%.

Pero lo que pierden de vista tanto ANIF como CIRF es que tanto los ICN, como lastre del elevado déficit fiscal que viene arrastrando el Gobierno central secularmente obedecen al complaciente régimen tributario que rige en Colombia, en el que abundan las gabelas, erosionando la base impositiva, hasta convertirla en una especie de queso gruyere, amén de la afectación del recaudo de impuestos a consecuencia de la evasión y la elusión del pago de impuestos, dada la laxitud de las normas.

Según el Marco fiscal de mediano plazo (MFMP) de 2018, expedido por el Ministerio de Hacienda, el inventario de las exclusiones, exenciones, deducciones y descuentos tributarios en vigor para esa fecha eran 229 y el costo de las mismas ascendían a los $60 billones. Entre tanto, según la DIAN, para el año 2022, el monto de la evasión y la elusión tributaria ascendió a los $80 billones. Según Fedesarrollo, en promedio, ambas cifras, se acercan a los 5.4 puntos porcentuales del PIB.

Dicho lo anterior, no salimos de nuestro asombro por el veto del Ministro de Hacienda Ricardo Bonilla, pues según él este proyecto “viola la Constitución y rompe la regla fiscal”, al tiempo que su subalterno, el Jefe de crédito público José Roberto Acosta se explayó diciendo que “transferir 9.2% del PIB en 2036 a municipios y departamentos para el período 2027 – 2036, sin que se definan competencias y destino de esos dineros viola el artículo 334 de la Constitución y materializa una federalización a las malas”.

Cabe preguntarse desde cuando una reforma a la Constitución es inconstitucional. La reacción desde las regiones no se ha hecho esperar, el Referendo por la Autonomía fiscal de las regiones ha cobrado vuelo y ya el número de firmas superó el millón. ¡El Presidente Petro y el Ministro Cristo tienen la palabra!