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Alejandra Carvajal Gustavo Petro

Renuncia o juicio al presidente: ¿son viables?

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Por ahora debo decir que aplaudo aquellas iniciativas ciudadanas, aguerridas, que invitan a los colombianos de a pie a salir a marchar para que el Presidente renuncie o para que se inicie un juicio en su contra.

Por: Alejandra Carvajal.

Colombia es un país con una de las democracias más sólidas de América Latina, y uno de los que menos dictaduras ha padecido. Sólo hemos tenido tres dictadores, por periodos cortos de tiempo: Bolívar (1828-1830), Rafael Reyes (1904-1909) y Rojas Pinilla (1953-1957).

Nuestra tradición democrática como nación es histórica, y me atrevería a decir que envidiable para muchos otros países de la región. El mal llamado golpe blando que invoca el Presidente Petro cada vez que los vientos no están a su favor, hace parte de su idiosincrasia anarquista y destructiva, pues en la realidad el afamado golpe blando no existe.

Ahora bien, evaluando sigilosamente los escenarios que tiene Gustavo Petro en lo que le resta de cuatrienio, estos no son muy prometedores ni para él ni para su equipo, en especial por la falta de gobernabilidad que tendrá en adelante como consecuencia de las graves denuncias que han hecho sus familiares, en este caso su ex nuera y su propio hijo.

Mecanismos para la destitución de Petro existen por vía penal, constitucional y electoral. La misión de los miembros de la Comisión de Acusaciones es gigantesca. Es su deber investigar al Presidente y determinar su responsabilidad en caso de tenerla. Asimismo, el Consejo Nacional Electoral tiene una oportunidad histórica para comprobar algo que fue evidente a todas luces, y es que para nadie es un secreto que los topes de la campaña presidencial fueron sobrepasados de lejos.

Las prácticas clientelistas de varios miembros del Congreso de la República muy seguramente se harán presentes al momento de juzgar al Presidente, que ha mostrado tener mermelada extra para evitar a toda costa que prospere alguna investigación en su contra.

¿Será entonces suficiente la presión de la ciudadanía, de los cientos de miles de colombianos que han salido y seguirán saliendo a las calles pidiendo la salida del Presidente? Eso es algo que está por verse.

Por ahora debo decir que aplaudo aquellas iniciativas ciudadanas, aguerridas, que invitan a los colombianos de a pie a salir a marchar para que el Presidente renuncie o para que se inicie un juicio en su contra. En este momento tengo dos de estas iniciativas en el radar, una de ellas convocada para el próximo 16 de agosto y la otra para el 14 de septiembre. A pesar de tener organizadores distintos, el propósito es el mismo: pedir la renuncia o el juicio al Presidente. Sea esta la oportunidad para invitar a acompañarlas.

Se me vienen a la mente en este momento las declaraciones que diera esta semana a la prensa un ilustre colega abogado, Rodrigo Pombo. En ellas, Rodrigo advierte que en la historia reciente de Colombia no tenemos Presidentes que hayan renunciado o mandatarios que hayan ido a la cárcel, y que procesos como el del actual Presidente dependen más del clientelismo que de las pruebas judiciales.

Muchas personas comparten este pensamiento. Y tienen razón. Sin embargo, también es cierto que nuestras instituciones son sólidas y que nuestra amplia tradición democrática generará el ambiente necesario para que los organismos competentes tomen de fondo las decisiones que haya que tomar.

Para muchos es innegable la responsabilidad del Presidente en estos oscuros eventos. Sin embargo, la presunción de inocencia es un derecho constitucional que todos tenemos sin excepción y a él también le aplica. Entre tanto, los ciudadanos podemos continuar solicitando al Congreso y a los órganos competentes que hagan lo suyo y que, de ser el caso, el Presidente sea sancionado o destituido. De pronto se nos hace el milagro, y si algo sé es que los milagros existen.

Tanto la renuncia como el juicio al Presidente son posibles, siendo el segundo más viable que la primera.

Ahora, hay una herramienta que puede ser más eficaz aun, como lo es la labor que pueda adelantar el Consejo Nacional Electoral. El inciso 7 del artículo 109 de la Constitución Política dispone que violar los topes de financiación de las campañas debe ser sancionado con la pérdida del cargo. Quizás este sea el caso. Hasta ahora los testimonios y las pruebas apuntan a que eso fue lo que sucedió en la campaña presidencial, o al menos es lo que se le ha mostrado a la opinión pública.

Así las cosas, las razones de las marchas deberían extenderse a una tercera, que el CNE actúe de manera expedita y de ser el caso sancione al Presidente.