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Nuevo Código Procesal del Trabajo facilitará que la Corte Suprema conozca recursos de acoso laboral

El instrumento jurídico introduce modificaciones claves para agilizar y modernizar los procesos en el país.

Foto: Miguel Cardoza Cadenas

El proyecto de ley que establece el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social fue aprobado en la plenaria de la Cámara de Representantes en su último debate. Este avance legislativo tiene como objetivo mejorar los procedimientos en los casos laborales y de seguridad social, garantizando una respuesta más pronta y efectiva.

El texto del nuevo código fue socializado con jueces, magistrados, académicos, sindicatos, centrales obreras, participantes y partidos políticos con representación en el Congreso, explicó la magistrada Marjorie Zúñiga Romero.

“Las normas procesales que tienen que ver con los asuntos del trabajo y seguridad social estaban obsoletas. Nuestro código tenia más de 70 años, de ahí la importancia de este código que fue iniciativa de la Corte Suprema de Justicia”.

Una de las principales novedades del código es la introducción de la sentencia anticipada en los procesos laborales. Según el artículo 260, el juez podrá dictar una sentencia anticipada, ya sea total o parcial, antes de la audiencia inicial, en los casos en que las partes lleguen a un acuerdo o cuando se den las circunstancias previstas por la ley. Esta medida tiene como fin agilizar los procesos y reducir los tiempos de resolución de los casos laborales. “Elimina trámites arcaicos y lo que hace es simplificar el proceso”.

“Había necesidad de modernizar las normas procesales que garantizan que el ciudadano de a pie pueda tener una justicia pronta y eficiente”.

Importancia frente a casos de acoso laboral

La magistrada aseguró que el código flexibilizará el recurso de Casación, del cual conoce la Corte Suprema de Justicia que antes no podía, por ejemplo, acoso laboral. En esos procesos antes no se podía unificar la jurisprudencia. “A partir de este momento la Corte Suprema se podrá pronunciar”, afirmó Zúñiga Romero.

Agregó que tiene algunas figuras que “clamaban” los operadores judiciales como la sentencia anticipada. “Si hay un acuerdo entre las partes el juez puede, sin necesidad de surtir todas las etapas del proceso, dictar una sentencia. Eso es muy bueno para la gente”.

Además, el nuevo código abre la puerta para el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones en todas las actuaciones relacionadas con la jurisdicción laboral. Esto incluye la posibilidad de utilizar la inteligencia artificial y otras herramientas digitales para realizar audiencias y diligencias de manera virtual, lo que podría facilitar el acceso a la justicia laboral, especialmente en áreas rurales o en situaciones excepcionales.

En cuanto al recurso extraordinario de casación, el nuevo código flexibiliza los términos y los requisitos para su aplicación. Según las disposiciones, solo las sentencias en segunda instancia que superen un umbral económico específico (150 veces el salario mínimo mensual vigente) serán susceptibles de ser revisadas por la Corte Suprema de Justicia. No obstante, se contempla que la Sala de Casación Laboral pueda seleccionar otras sentencias para unificación jurisprudencial o para la protección de derechos constitucionales.

El nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social también asegura la existencia de una segunda instancia en los procesos laborales y establece que los jueces de pequeñas causas laborales serán ahora jueces municipales laborales. Estas modificaciones pretenden hacer más eficiente el sistema judicial y garantizar una mayor equidad en la resolución de conflictos laborales en Colombia.