La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha impuesto una sanción millonaria a la empresa Agora Construcciones S.A. debido a una serie de fallas e incumplimientos en un proyecto de vivienda de interés social en Bogotá llamado "Puerta del Rey" en la localidad de Usme. La multa asciende a 1,160,000,000 de pesos (mil ciento sesenta millones de pesos) y se basa en varios hallazgos.
La SIC determinó que Agora Construcciones S.A. violó varios aspectos importantes. En primer lugar, la constructora no proporcionó las instalaciones necesarias para la prestación de servicios públicos domiciliarios, como gas natural, energía eléctrica, acueducto y alcantarillado, lo que afectó el derecho de los consumidores a recibir productos de calidad y condiciones adecuadas. Además, no entregaron algunas viviendas de la Etapa II del proyecto.
Se encontraron deficiencias constructivas en el proyecto que ponían en peligro la vida e integridad de los residentes y visitantes, incluyendo problemas en las rejillas de desagüe, falta de tapas en el alcantarillado, falta de construcción de urbanismo y vías de acceso, y andenes peatonales inadecuados. Estas deficiencias representaban un alto riesgo en términos de seguridad, especialmente para menores de edad.
Además, la no construcción de la Etapa III del proyecto defraudó las expectativas de las familias que habían adquirido viviendas en el proyecto, lo que contravino el artículo 6 del Estatuto del Consumidor. La empresa también proporcionó información inexacta a los consumidores sobre los plazos de entrega de las viviendas.
La SIC identificó a consumidores "hipervulnerables", como víctimas de desplazamiento forzado, niños y adultos mayores, que se vieron especialmente afectados por la situación debido a su condición de vulnerabilidad. Para remediar la situación, la SIC ordenó a Agora Construcciones S.A. llevar a cabo una serie de acciones, que incluyen la corrección de las deficiencias en los servicios públicos, garantizar la seguridad de los habitantes, y entregar las viviendas de la Etapa II a los compradores de acuerdo a los términos contractuales y legales.
Es importante destacar que la empresa sancionada tiene la opción de presentar un recurso de reposición o apelación contra esta decisión.