La reforma pensional en Colombia establece que, a partir del 1 de julio de 2025, solo los trabajadores cuyo ingreso supere los 2.3 salarios mínimos podrán cotizar en un fondo privado de pensiones, denominado Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai). Para aquellos que ganen hasta 2.3 salarios mínimos, la cotización será obligatoriamente gestionada por Colpensiones.
Los ciudadanos tienen hasta el próximo jueves 16 de enero para seleccionar la Administradora en la que desean realizar la cotización del monto superior que devenguen.
Bajo el nuevo esquema, solo las personas con salarios superiores a los 2.3 salarios mínimos deberán destinar una parte de su cotización a un fondo privado de pensiones. La reforma busca reducir la competencia entre las AFP y Colpensiones, dice el gobierno. Así fortalecen el sistema público porque la mayoría de los cotizantes tienen ingresos inferiores a 2.3 salarios mínimos al mes.
Según lo detallado por la Superintendencia Financiera, las Accai son cuentas individuales que recibirán las cotizaciones de las personas que ganen más de 2.3 salarios mínimos. La nueva normativa también aclara que, si una persona ya está afiliada a un fondo privado de pensiones y gana más del referido monto, podrá seguir cotizando en ese fondo sin necesidad de realizar ningún cambio.
Las personas que deberán seleccionar una Accai son aquellos afiliados a Colpensiones que tengan menos de 750 semanas cotizadas si son mujeres, y menos de 900 semanas si son hombres, y que ganen más de 2.3 salarios mínimos. Esto incluye a quienes comiencen a cotizar después del 1 de julio de 2025 y reciban un salario superior al límite establecido.
Por otro lado, los afiliados actuales de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia no tendrán que hacer una nueva elección, ya que las Accai que administran esas entidades seguirán siendo las mismas. Estas personas continuarán cotizando en sus respectivos fondos privados sin cambios en su administración.